09 Jun Ley Núm. 28 de 18 de marzo de 2008
Para prohibir en Puerto Rico la posesión, venta, siembra y el transporte de semillas del árbol Melaleuca quinquenervia a menos que haya obtenido permiso previo de parte del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, asignar al Cuerpo de Vigilantes de Recursos Naturales y Ambientales la función de velar por el cumplimiento de esta Ley, para disponer penalidades por el incumplimiento de la misma.
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