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Departamento de Recursos Naturales

BASE LEGAL

  • Ley de Procedimientos Administrativos Uniformes (Ley PAU)
  • Ley Habilitadora del DRNA
  • Leyes Especiales y Reglamentos
  • Leyes y Reglamentos de otras agencias federales y estatales

OPRIMA EL SIGUIENTE ENLACE (http://www.lexjuris.com) para información jurí­dica de Puerto Rico

Ley Orgánica del Departamento de Recursos Naturales

Oprima AQUÍ para ver la Ley Núm. 23 del 20 de junio de 1972, según enmendada hasta 1999

NOTA: Este documento fue publicado el 21 de mayo de 2000. Para enmiendas posteriores vea "Leyes de Puerto Rico".

La Ley de Procedimientos Administrativo Uniformes, Ley #170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada define Procedimiento Administrativo como:

  • la formulación de reglamentos;
  • la adjudicación formal de controversias (proceso formal cuasijudicial);
  • los proceso investigativos;
  • la adjudicación de subastas y procesos ambientales;
  • el otorgamiento de permisos, endosos y gestiones similares
Por lo tanto, la otorgación de permisos y endosos se entiende como un proceso administrativo adjudicativo informal no cuasijudicial para los efectos de esta ley.

Sin embargo, la reconsideración (o impugnación) a una denegatoria se atiende a través de un procedimiento adjudicativo que por definición es uno formal cuasijudicial (3 L.P.R.A Sec.2184).




Created on 06/01/2005 02:46 PM by webmaster
Updated on 01/16/2007 02:53 PM by webmaster
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