Filter by

Área de Control de Contaminación Lúminica

Introducción

El Área para el Control de la Contaminación por Ruidos y Lumínica ofrece las alternativas y apoyo legal para que la ciudadanía, logre el disfrute de sus respectivas propiedades, entorno natural y mejore su calidad de vida sin afectar a terceras personas incluyendo especies de vida silvestre. Entre sus funciones están las siguientes:

El Programa para el Control y Prevención de la Contaminación Lumínica, su propósito es prevenir y controlar la contaminación lumínica de los cielos nocturnos para el disfrute de todos nuestros habitantes, el beneficio de la investigación científica de la astronomía, proteger y salvaguardar las condiciones que permiten la apreciación del fenómeno de la bioluminiscencia, promover la obscuridad para poder apreciar la luz de los astros, permitir la transición inalterada de los neonatos de tortugas marinas hacia el mar, mantener las condiciones apropiadas para proteger el ritmo circadiano de las especies de vida silvestre y alentar la conservación de energía mediante el establecimiento de normas en cuanto al tipo, clase, construcción, instalación, y el uso y manejo de dispositivos eléctricos adecuados para la iluminación exterior, y de sistemas para conservar energía que aseguren la calidad astronómica de nuestro cielo y posibiliten el uso de la obscuridad nocturna como recurso para el turismo sostenible.

El personal se dedica a investigación de querellas en toda la isla y en los proyectos de estudios especiales, indicadores y evaluación de planes de cumplimiento, dispensas y otros documentos.

Base Legal

El Área de Control de Ruido y Prevención de la Contaminación Lumínica tiene la responsabilidad de velar por la implementación de las siguientes leyes:

  1. Ley Núm. 170 del 22 de agoste del 1988, según enmendada. (RCPCL), (RCCR)

  2. Ley Núm. 416 del 22 de septiembre de 2004, derogada y ahora Ley Núm. 171 del 2 de agosto de 2018. Plan de restructuración de agencias.

  3. Ley Núm. 218 del 9 de agosto de 2008. (RCPCL).

  4. Ley Núm. 170 del 12 de agosto de 1988. (RCPCL)

  5. P de la C 2347 del 15 de agosto 2020 (RCPCL)

Misión y Vision

El Programa de Control de Contaminación Lumínica se creó oficialmente en septiembre de 2013 luego de cinco años de haberse promulgado la Ley# 218 en Puerto Rico. Desde su inicio ha trabajado con el desarrollo e implementación del Reglamento para el Control de la Contaminación Lumínica al amparo de la Ley Núm. 416-2004, según enmendada, conocida como Ley sobre Política Pública Ambiental; la Ley Núm. 218-2008, según enmendada, conocida como Ley del Programa para el Control y la Prevención de la Contaminación Lumínica; y la Ley Núm. 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme.

Funciones

El Área para el Control de la Contaminación por Ruidos y Lumínica ofrece las alternativas y apoyo legal para que la ciudadanía, logre el disfrute de sus respectivas propiedades, entorno natural y mejore su calidad de vida sin afectar a terceras personas incluyendo especies de vida silvestre. Entre sus funciones están las siguientes:

El Programa para el Control y Prevención de la Contaminación Lumínica, su propósito es prevenir y controlar la contaminación lumínica de los cielos nocturnos para el disfrute de todos nuestros habitantes, el beneficio de la investigación científica de la astronomía, proteger y salvaguardar las condiciones que permiten la apreciación del fenómeno de la bioluminiscencia, promover la obscuridad para poder apreciar la luz de los astros, permitir la transición inalterada de los neonatos de tortugas marinas hacia el mar, mantener las condiciones apropiadas para proteger el ritmo circadiano de las especies de vida silvestre y alentar la conservación de energía mediante el establecimiento de normas en cuanto al tipo, clase, construcción, instalación, y el uso y manejo de dispositivos eléctricos adecuados para la iluminación exterior, y de sistemas para conservar energía que aseguren la calidad astronómica de nuestro cielo y posibiliten el uso de la obscuridad nocturna como recurso para el turismo sostenible.

El personal se dedica a investigación de querellas en toda la isla y en los proyectos de estudios especiales, indicadores y evaluación de planes de cumplimiento, dispensas y otros documentos.